Nuestro equipo de Disputas obtuvo un resultado muy favorable para un consorcio conformado por una empresa nacional y otra extranjera en cuatro (4) arbitrajes en los que se discutieron impactos en plazo y costo derivados de deficiencias en el expediente técnico que finalmente terminaron frustrando el proyecto.
El número de días reconocidos por la afectación de la ruta crítica fue de más de 500 días y el monto relacionado por costos indirectos e improductivos superior a los S/25 millones.
¿Por qué estos casos son importantes?
El propietario del proyecto argumentó, como parte de su defensa en los arbitrajes, que al aprobar adicionales y deductivos durante el proyecto habría solucionado las deficiencias de la ingeniería que entregó y, por tanto, los efectos que ello generó fueron superados.
Así, con la aprobación de estas correcciones en la ingeniería original, el propietario sostuvo que el contratista mantenía el riesgo de garantizar la entrega oportuna del proyecto.
En ese contexto, la discusión giró en torno al impacto en el plazo que el contratista reclamó producto de las deficiencias del expediente técnico. Para superar esas deficiencias se aprobaron una serie de adicionales y deductivos en un contexto de ensayo y error continuo. Estos actos, según la posición del propietario, trasladaban al contratista el riesgo por los posibles subsecuentes impactos.
Al respecto, los tribunales a cargo de resolver los casos determinaron que, por el sistema de entrega de proyecto escogido, la ingeniería era responsabilidad del propietario, por lo que este era el responsable por el impacto en plazo y costo que los defectos de la versión entregada al contratista ocasionaron en la obra.
De manera adicional, el desarrollo de los trabajos también se vio alterado producto de disturbios sociales, en donde se vio afectado materialmente el proyecto y además se puso en riesgo al equipo a cargo. El propietario se defendió aduciendo que se trataban de eventos que no habían sido ocasionados por dicha parte y, por ende, no existiría causalidad en la responsabilidad.
Finalmente, los tribunales arbitrales determinaron que, si bien los disturbios fueron perpetrados por pobladores, el riesgo social también se encontraba asignado al propietario, sin perjuicio de que existían pruebas que demostraban la proliferación de noticias y declaraciones incitando a la población en contra del contratista.
Equipo a cargo del caso: Rodrigo Urrutia | Alex Campos | Camilo Ramirez