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¿Qué implica la Bifurcación en el arbitraje?

Bifurcación en el arbitraje

En el arbitraje, la bifurcación implica dividir un proceso arbitral en etapas, generalmente separando cuestiones jurisdiccionales de cuestiones de fondo (referidas a la fundabilidad de la demanda), o cuestiones de responsabilidad del quantum.

Sus principales características son:
Discrecionalidad del Tribunal Arbitral:

Los Tribunales Arbitrales tienen la facultad de bifurcar los procesos arbitrales, tomando en cuenta las circunstancias de cada caso. No existe una obligación de bifurcar.

Por ejemplo, el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional establece que la bifurcación es una facultad del Tribunal Arbitral, calificándola como una técnica de conducción del caso (Apéndice IV).

Similar situación ocurre en el Reglamento de la Cámara de Comercio de Lima (artículo 23.4), el Reglamento de la Cámara de Comercio Americana de Perú (artículo 27) y las Reglas del Arbitraje de CIADI [(regla 42(6)].

Fases del proceso:

Un proceso arbitral puede ser bifurcado en dos o más fases, dependiendo de las circunstancias y cuestionamientos. Por ejemplo, en una primera fase se pueden resolver cuestiones de competencia, en una segunda fase, cuestiones de fondo (derecho de la parte demandante), y en una tercera fase, la cuantificación del daño (cuyo derecho ya ha sido reconocido en la segunda fase).

Eficiencia procesal:

La bifurcación permite ordenar el proceso, generando eficiencia en la resolución de controversias, pues en caso se estime una objeción de competencia, ya no sería necesario pasar a una segunda fase (donde se analice el fondo de la controversia).

Costos:

Generalmente, al bifurcar un proceso arbitral, los plazos se ven extendidos, lo cual tiene un impacto en costos administrativos (del Centro de Arbitraje), costos del Tribunal Arbitral (honorarios), y costos de defensa legal.

Es evidente que si en la primera fase se determina la conclusión del proceso, los costos arbitrales se verán reducidos. Por ello, la bifurcación es generalmente propuesta por la parte demandada.

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