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Disposiciones vigentes de la nueva Ley General de Contrataciones Públicas

La nueva Ley General de Contrataciones Públicas (Ley N.º 30269), publicada el 24 de junio de 2024, introduce un nuevo marco normativo que entrará en vigor 90 días después de su reglamento, salvo algunas disposiciones ya vigentes. Crea el OECE como entidad clave en la gestión eficiente, con plazos definidos para su implementación. También establece que las actuaciones del OECE serán revisadas vía procesos contenciosos y contempla mecanismos como trato directo, dispute boards y arbitraje para controversias en procedimientos especiales.
Nueva Ley de contrataciones públicas

El 24 de junio de 2024 se publicó la Ley No. 30269, la Ley General de Contrataciones Públicas. Respecto a la vigencia de la ley, la norma entrará en vigor a los 90 dc después del día siguiente a la publicación del reglamento, con excepción de algunas disposiciones que se encuentran vigentes desde el día siguiente de la publicación de la norma.

Disposiciones vigentes de la Ley General de Contrataciones Públicas. Décima tercera, décima sexta, décima novena y vigésima octava disposiciones complementarias finales; y, además, la única disposición complementaria modificatoria.

Acciones a cargo del OECE:

Con la creación del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), se ha habilitado la asignación de recursos a favor de la entidad y Perú Compras para el cumplimiento de sus funciones. Además, se exige al OECE que en un plazo no mayor de 90 dc elabore el plan de implementación que permita el cumplimiento de sus funciones.

Competencia Judicial para actuaciones del OECE:

La norma prevé que las actuaciones de los órganos del OECE serán objeto de acciones contenciosos-administrativas, involucrando tanto a la Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior, la Sala Civil y la Sala de Derecho Constitucional, ambas de la Corte Suprema.

Procedimientos especiales de contratación: 

En el marco de la ley de creación de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), Ley No. 31841, se prevé que las controversias que surjan en el marco de contratos derivados de procedimientos especiales de contratación, por la ley de la ANIN, se resolverán a través del trato Directo, dispute Boards y arbitraje.

Reglamento:

Respecto a la reglamentación de la ley, se detalla el requerimiento de aprobación de la reglamentación de la Ley General de Contrataciones Públicas en un plazo máximo de 180 dc.

Finalmente, resulta importante precisar que no todas las modificaciones son necesariamente nuevas, algunas de las reglas vigentes se replican en la nueva ley. Sin perjuicio de ello, no se trata de una mera reforma de la ley, se trata de un nuevo cambio normativo aplicable a las contrataciones.

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