Nuestra Asociada Senior Carla De Los Santos sobre los límites a la jurisdicción arbitral en materia de contratación pública, a raíz de recientes sentencias de anulación de laudo contradictorias; en una de ellas se considera inarbitrable cualquier discusión que se encuentre -de alguna forma- vinculada a la ejecución de prestaciones adicionales.
En la contratación estatal la regla general es que las controversias deben someterse a arbitraje por lo que las excepciones a la jurisdicción arbitral deben interpretarse de manera restrictiva.