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Arbitraje: un toolkit empolvado

Calendarios procesales y concentración de audiencias en arbitrajes de contratación pública.
Arbitrajes de contratación pública

Metáfora del toolkit: Las personas que realizan trabajos manuales (ya sea para ganarse la vida o como hobby) están muy familiarizados con las cajas de herramientas (y asumimos que los que no, también). En estas se almacenan una serie de instrumentos, cada uno con distintos propósitos, que les permitirán desempeñar una o más actividades específicas.

Es difícil visualizar un mecánico que no utilice los instrumentos de su caja de herramientas para, por ejemplo, cambiar la suspensión de un carro. Un carpintero que no recurra a su caja de herramientas, y utilice un serrucho para cortar madera; o, un gasfitero que no recurra a su caja de herramientas y utilice una llave inglesa para arreglar una fuga de agua.

Mientras más grande es la caja de herramientas, más herramientas puede almacenar. Mientras más herramientas se tiene a disposición, son mayores las posibilidades de ejecutar distintas actividades de una forma más eficiente y eficaz.

¿Qué tan grande y surtidas son las herramientas que podemos encontrar en el toolkit de procedimientos arbitrales?

El artículo 34 de la Ley de Arbitraje establece que las partes podrán determinar libremente las reglas a las que se sujetará el tribunal arbitral y, a falta de acuerdo, el propio tribunal arbitral decidirá las reglas más apropiadas, teniendo en cuenta las circunstancias del caso.

“(…)1. Las partes podrán determinar libremente las reglas a las que se sujeta el tribunal arbitral en sus actuaciones. A falta de acuerdo o de un reglamento arbitral aplicable, el tribunal arbitral decidirá las reglas que considere más apropiadas teniendo en cuenta las circunstancias del caso(…)”

Eso quiere decir que el toolkit de procedimientos arbitrales es extensamente diverso. Las partes podrían entonces buscar dentro de esa caja de herramientas las reglas más idóneas para presentar su caso de manera eficiente y eficaz.

Avances entorno a reglas vinculadas a calendarios procesales

Desde el 2017 los principales centros arbitrales han establecido una serie de reglas y costumbres que incentivan a los árbitros a fijar calendarios procesales que guíen la actuación de las partes dentro de los arbitrajes. La idea es que las partes tengan un horizonte claro y predecible de las oportunidades que tendrán para exponer su caso y actuar sus pruebas.

En el caso particular de los arbitrajes de construcción, la inclusión de la herramienta de los calendarios procesales es altamente recomendada por la International Chamber of Comerce:

“(…)Even in larger construction cases, the procedural timetable should include the dates of hearing(s) on the merits, or at least an indication of when the merits hearing(s) will probably be held. If feasible, this is psychologically satisfying for a party that wants to know when an award might be renderedtt(…)”

ICC Comission Report, Construction Industry Arbitrations: Recommended Tools and Techniques for Effective Management

Sin embargo, consideramos que incluso existen herramientas adicionales que nos pueden ayudar a mejorar la estructura de los calendarios procesales que ya se han vuelto una práctica usual integrada en las primeras órdenes procesales de cada arbitraje.

Concentración de audiencias

Un problema común en los arbitrajes de contratación pública consiste en que, entre la audiencia de ilustración (en caso de haberla), la audiencia de pruebas y la audiencias de informes orales, pueden pasar meses, sino años.

En primer lugar, esto genera una innecesaria dilación en las actuaciones arbitrales. En segundo lugar, esto genera re trabajos por parte de los equipos legales encargados de preparar cada una de las audiencias. se pierde la sinergia que podría surgir a partir de preparar todas las audiencias de forma conjunta.

En algunos casos, se puede llegar a situaciones extremas en dónde el abogado que participó en la preparación de los memoriales postulatorios y/o audiencias iniciales ya no forme parte del equipo legal encargado del arbitraje. Esto implica que un nuevo abogado tendrá que invertir una cantidad sustancial de tiempo (costo hundido) en la familiarización del caso y preparación de las audiencias.

Este problema, sin duda, incrementa la cantidad de horas invertidas en el arbitraje, lo que eventualmente repercute en los honorarios profesionales por el patrocinio de los casos. Finalmente, y quizás lo más importante, los árbitros no podrán aprovechar la experiencia y conocimientos del caso adquiridos en las audiencias previas para formarse una idea 360° de las posiciones presentadas por cada parte. Para poner un ejemplo, es como si empezáramos a ver la primera temporada de nuestra serie favorita (Game of Thrones) y luego dejemos a un lado la serie por varios años. Cuando queramos retomarla, tendremos que hacer un esfuerzo importante por recuperar el contexto de la serie. (quizá leer algún resumen o revisitar algunos capítulos).

Evidentemente existen árbitros que, haciendo esos mayores esfuerzos, puedan superar la brecha de tiempo que diluye las impresiones que puedan haber obtenido de las primeras audiencias. Sin embargo, concentrar todas las audiencias en un corto periodo de tiempo es una excelente medida para facilitar sustancialmente ese trabajo.

Recomendación CAI:

Por ello, consideramos que el calendario procesal debería incluir previsiones para que todas las audiencias necesarias en el arbitraje sean realizadas en el periodo de tiempo más corto posible, para así generar sinergia en la ilustración del tribunal y el trabajo que realizan las partes. En otras palabras, nos consideramos entusiastas con respecto a las maratones series de televisión.

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