En el ámbito de la contratación pública suele percibirse una tensión entre el Derecho Administrativo y el Derecho Contractual, bajo la idea de que la Ley de Contrataciones con el Estado (LCE) y el Código Civil responden a lógicas incompatibles. Esta discusión adquiere especial relevancia cuando el contrato de obra exige reglas contractuales que la LCE no desarrolla de manera detallada.
En el caso analizado, el Contratista presentó reclamaciones por mayores costos derivados de la improductividad de sus recursos durante ampliaciones de plazo ocasionadas por causas atribuibles a la Entidad, como la falta de disponibilidad de canteras y problemas geológicos no previstos. Sustentó su pretensión, entre otros fundamentos, en el principio de equidad reconocido en la LCE.
La Entidad cuestionó la causalidad, cuantificación y legalidad del reclamo bajo la LCE, sin formular un desarrollo específico respecto del principio de equidad. La controversia planteaba si correspondía aplicar dicho principio y, en ausencia de una norma expresa en la LCE, si resultaba viable acudir de manera supletoria al Código Civil.