El Auxilio Judicial en Materia de Prueba

En materia de prueba, el auxilio judicial en arbitraje está regulado por el artículo 45 del D.L. N° 1071 y permite que el Tribunal Arbitral o las partes (con su aprobación) soliciten al Poder Judicial apoyo para la actuación de pruebas. El juez debe cumplir la solicitud sin evaluarla, salvo que sea contraria al orden público. No se admite impugnación contra esta decisión, y el tribunal puede participar en las audiencias para escuchar y formular preguntas.
Poder Judicial: principio de iura novit arbiter en procesos arbitrales

El Poder Judicial, mediante la Primera Sala Comercial, anuló un laudo arbitral al considerar que se vulneró el derecho de defensa al aplicar una norma no invocada por las partes. Aunque reconoce el principio de iura novit arbiter, precisó que los árbitros no pueden alterar la pretensión ni el fundamento jurídico sin dar oportunidad de contradicción. Así, reafirma que el uso de este principio no debe afectar el equilibrio procesal.
¿Es posible declarar la nulidad del convenio arbitral de oficio?

Nuestra asociada senior, María Paula Noriega, nos explica cuáles son los fundamentos de la Primera Sala Comercial de Lima para no anular un laudo en el que se declara de oficio la nulidad del convenio arbitral.