¿Cuál es la novedad?
El pasado 24 de junio fue publicada la nueva “Ley General de Contrataciones Públicas” (Ley N° 32069). Uno de los temas de mayor relevancia es la habilitación para la administración pública de utilizar contratos estandarizados para consultoría de obras, ejecución de obras y gestión de instalaciones.
¿Para qué casos están habilitados?
La sección de actuaciones preparatorias de la Ley regula la estrategia de contratación. En ella, el artículo 49.3 establece que, para obras de “complejidad técnica” se deberá realizar una “evaluación del uso” de un contrato estandarizado de ingeniería y construcción de uso internacional. Los parámetros para esta evaluación se encuentran pendientes de definir en el reglamento.
¿Qué está pendiente de definir en el Reglamento?
- Definición de “Complejidad Técnica”: Proveer una definición clara y detallada de lo que constituye una obra de “complejidad técnica”. Esto podría incluir parámetros como la magnitud del proyecto (costo y , los requisitos tecnológicos, la innovación requerida, el grado de especialización de los profesionales involucrados, entre otros.
- Criterios para la “evaluación del uso” durante la definición de la estrategia de contratación (algunas propuestas):
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- Experiencia Previa: Revisión de la experiencia previa del contratante con contratos estandarizados y del mercado en el tipo de contratación que se busca.
- Capacidad Técnica: Evaluación de la capacidad técnica y recursos de la entidad contratante para cumplir con los términos del contrato estandarizado.
- Capacitación contractual: El equipo de la Entidad contratante debe estar preparado para la inversión de recursos en gestión contractual que exigen estos contratos. Es necesario que la Entidad haya pasado por programas de capacitación antes de lanzar un proyecto de contrato estandarizado.
- Proceso de Selección y Aprobación: Además de los criterios, está pendiente detallar el procedimiento que debe seguirse para seleccionar y aprobar el uso de un contrato estandarizado.
- Presupuesto de asesoría: Todas las entidades contratantes que han utilizado contratos estandarizados lo han hechos de la mano de asistencia técnica internacional. El mercado nacional e internacional ofrece oferta muy variada para brindar asistencia técnica y/o contractual, lo que debería ser aprovechado necesariamente por la administración pública en su rol de ejecutor de proyectos. En nuestra opinión, es necesario que la Entidad cuente con un presupuesto asignado para asesoría en el contrato estandarizado que se defina para la aprobación de su uso.