¿Qué es el Third Party Funding?
El Third Party Funding se trata de una figura de financiamiento del arbitraje a cargo de un tercero (ajeno al proceso) a favor de una de las partes. A través de esta, un tercero facilita recursos a una parte para que esta pueda permitirse iniciar o continuar un proceso arbitral.
El alcance usual de este financiamiento son los costos propios del proceso, honorarios del Tribunal Arbitral, honorarios legales e inclusive los costos de elaboración de pruebas, como son las periciales.
De esta manera, el Third Party Funding permite suplir la carencia de recursos o, también, satisfacer la necesidad de una de las partes de distribuir los riesgos de financiar un proceso arbitral hacia un tercero, a cargo de una contraprestación.
A cambio, el Third Party Funding mantiene la expectativa e interés en obtener rentabilidad de la inversión, una vez la parte beneficiada con el financiamiento logre obtener una decisión favorable en el proceso arbitral.
¿Cuál es la diferencia con otros tipos de financiamiento?
Lo que diferencia el Third Party Funding de otro tipo de productos de financiamiento, es que el primero se centra en el ámbito legal litigioso. Es por ello que se verifica una especialización de los actores y de la propia operación.
Esto implica que el tercero, para decidir realizar una inversión en el litigio, realice una rigurosa evaluación previa de los aspectos legales y técnicos de la controversia para determinar la probabilidad de éxito (y evidentemente, la expectativa de retorno) de la posición de la parte que solicita el financiamiento.
¿Quiénes pueden acceder al Third Party Funding?
Lo usual es que sea la parte demandante quien busque acceder al Third Party Funding, en tanto será quien desea iniciar el proceso arbitral. Sin embargo, también es posible que la parte demandada busque este financiamiento, sobre todo en el supuesto de que exista un reclamo reconvencional.
¿Qué pros y contras se derivan del Third Party Funding?
Pros | Contras |
* Permite a una parte, que no cuenta con los recursos necesarios, poder acceder a la justicia en un proceso arbitral.
* Permite a una parte distribuir el riesgo del arbitraje hacia un tercero, quien recibirá parte de lo ganado en un laudo favorable, pero a su vez, asume el riesgo de la pérdida del retorno en caso el laudo resulte desfavorable. |
* La falta de regulación de esta figura y novedad en uso, podría generar dificultades en su ejecución, como es la percepción de falta de transparencia y existencia de conflicto de intereses. |