El Auxilio Judicial en el Perú

El auxilio judicial en el arbitraje puede solicitarse antes de la instalación del tribunal para medidas cautelares, para ejecutar medidas dictadas por el tribunal arbitral o para la actuación de pruebas. El Poder Judicial puede dictar medidas cautelares provisionales, que caducan si no se instala el tribunal en 90 días. También puede hacer cumplir cautelares sin interpretarlas y actuar pruebas a pedido del tribunal o las partes, siempre con su aprobación.
Enfoque colaborativo: Identifícalo en un contrato

En CAI hemos desarrollado un cuestionario con preguntas clave para ayudarte a identificar qué tanto enfoque colaborativo tiene el contrato de construcción que estás negociando. Los invitamos a conocer los 5 principales elementos que en nuestra opinión deben evaluarse para sacar conclusiones sobre este tema.
Bienvenido a casa Carlos Diez

Carlos se reincorpora como Asociado Principal del área de Disputas.
¿Cómo llevar a cabo una visita exitosa de la JRD a la obra?

La Junta de Resolución de Disputas (JRD) es un mecanismo de prevención y solución de controversias que acompaña la ejecución de obras públicas y privadas, resolviendo disputas y absolviendo consultas técnicas. Su efectividad se potencia mediante visitas periódicas a obra, donde las partes presentan avances y alertan sobre riesgos futuros, facilitando medidas de mitigación y una gestión contractual más colaborativa.
Poder Judicial: principio de iura novit arbiter en procesos arbitrales

El Poder Judicial, mediante la Primera Sala Comercial, anuló un laudo arbitral al considerar que se vulneró el derecho de defensa al aplicar una norma no invocada por las partes. Aunque reconoce el principio de iura novit arbiter, precisó que los árbitros no pueden alterar la pretensión ni el fundamento jurídico sin dar oportunidad de contradicción. Así, reafirma que el uso de este principio no debe afectar el equilibrio procesal.
Medidas provisionales en la JRD

La JRD no tiene facultad jurisdiccional para otorgar medidas cautelares, pero sí puede emitir medidas provisionales contractualmente vinculantes si así lo pactan las partes. Según la Directiva 012-2019, tiene facultades amplias para decidir sobre cuestiones conexas, lo que respalda esta posibilidad. Si la JRD se declara incompetente, la parte afectada puede acudir al Poder Judicial o a un árbitro de emergencia, aunque esto podría generar conflictos de competencia si no se agota previamente el procedimiento ante la JRD.
Contratos de Obra: ¿cuándo debo acudir a arbitraje o JRD?

En contratos de obra sujetos a la Ley de Contrataciones del Estado, el pacto de JRD (Junta de Resolución de Disputas) es obligatorio según la cuantía, y debe agotarse antes de acudir al arbitraje. Sin embargo, existen excepciones: si la JRD no está conformada, no emite decisión a tiempo, se disuelve antes de resolver, o ya se produjo la recepción total de la obra, puede iniciarse el arbitraje directamente.
Guía para la reactivación de Obras Públicas paralizadas

La DGA del MEF aprobó una Guía para la reactivación de Obras Públicas paralizadas que orienta a las entidades en su gestión, según la Ley N° 31589. Se considera paralizada una obra con más del 40% de avance y sin ejecución por más de 6 meses o con contrato resuelto. La entidad puede negociar la continuidad con el contratista o resolver el contrato. Para evitar nuevas paralizaciones, se recomienda pactar una Junta de Resolución de Disputas (JRD), obligatoria desde los S/ 5 millones.
Medidas cautelares de emergencia en arbitrajes con el Estado

Las medidas cautelares son mecanismos procesales que buscan asegurar el cumplimiento de una futura decisión arbitral o judicial. En arbitraje, pueden solicitarse antes o durante el proceso, incluso mediante un Árbitro de Emergencia. Sin embargo, centros como la CCL, AMCHAM y PUCP restringen o excluyen este mecanismo cuando el Estado es parte del arbitraje, limitando su aplicación en contrataciones públicas.
Medidas Cautelares en el arbitraje de contratación pública

Nuestras asociadas Carla De Los Santos y Celinda Otárola abordan un tema de gran importancia en el ámbito del arbitraje de Contratación Pública: las barreras existentes para la obtención de medidas cautelares.